La ley que regula las tasas por los servicios no emergentes prestados por el Cuerpo de Bomberos de carácter civil fue aprobada en segunda discusión por los diputados del Consejo Legislativo del Estado Bolivariano de Miranda (Clebm).
La legisladora, Danelys Colmenares, expresó que la presente normativa tiene la finalidad de poder cumplir con las exigencias de operatividad administrativas existentes en este órgano fundacional, con la atención de enaltecer la prestación de los servicios a la comunidad; incorporando además lo atinente a la aplicación de multas bajo supuestos de procedencia que le son propios a su ámbito de competencia.
“Es importante resaltar que el cálculo de los montos de los servicios no emergentes se realizará de acuerdo a la Unidad Tributaria (UT.), como instrumento aritmético de las obligaciones tributarias, cuyo acreedor es el Cuerpo de Bomberos y Bomberas y Emergencias de Carácter Civil del estado Miranda, así como para el cálculo de sus exenciones y de sus respectivas sanciones.
De igual manera, el referido marco legal permitirá al cuerpo bomberil generar sus propios ingresos, ofrecer servicios técnicos especializados, efectuar mantenimiento de equipos de protección, detección y extinción de incendios, a su vez podrá establecer emprendimientos a través de la conformación de empresas de propiedad social.