Por unanimidad los diputados del Consejo Legislativo de Miranda aprobaron la reforma de los artículos 38, 45, 64 y supresión del numeral 18 del artículo 70 de la Constitución del Estado.
El parlamentario Luis Bello, presidente de la Comisión de Legislación del organismo, señaló que el artículo 38, referente a la inmunidad parlamentaria, queda modificado de la siguiente manera: “Los legisladores y legisladoras gozan de inmunidad en el territorio mirandino o fuera de él siempre y cuando el hecho que da lugar a acciones en su contra se produce con motivo del ejercicio de su cargo”.
Señaló que la modificación del articulo 45 se refiere a las atribuciones de la Comisión Delegada, esta podrá convocar al organismo a sesiones extraordinarias, cuando así lo exija la importancia de algún asunto, asimismo autorizar al gobernador o a la gobernadora del estado para salir del espacio geográfico del mismo por más de cinco (5) días, igualmente permitir al gobierno estadal decretar créditos adicionales y traslados de partidas de conformidad con la ley.
Finalmente, se elimina el numeral 18 del artículo 70, sobre los estados de emergencia, cuyas declaratorias son competencia del Ejecutivo nacional. La resolución se remitió al Gobernador para su publicación en un solo texto en la Gaceta Oficial del Estado, con las reformas sancionadas y se incorporó el lenguaje de género en el texto./rp/cg