La ley que regula las tasas por los servicios no emergentes prestados por el Cuerpo de Bomberos de carácter civil fue aprobada en primera discusión por los diputados del Consejo Legislativo del Estado Bolivariano de Miranda (Clebm).
El instrumento legal establece que el organismo podrá ofrecer servicios técnicos especializados, efectuar mantenimiento de equipos de protección, detección y extinción de incendios y los procedimientos correspondientes a la imposición de multas o sanciones generadas por el incumplimiento de las normas técnicas de seguridad en materia de protección contra incendios y otros eventos generadores de daños,.
Además que podrá establecer emprendimientos a través de la conformación de empresas de producción social, en los términos que establecen las leyes, cuyos ingresos serán consonos con los costos operacionales que ameriten el desarrollo de dichas actividades productivas, asimismo, esos cobros serán referenciados en unidades tributarias (UT).