La dirigencia municipal del partido Movimiento Al Socialismo (MAS), objetó la instauración del estado comunal que impulsa el gobierno nacional a través de la aprobación de la Ley Orgánica de las Ciudades Comunales, que actualmente se discute en el seno de la Asamblea Nacional (AN).
“Las ciudades comunales van a desplazar a los municipios en el ejercicio de sus competencias constitucionales y restarle recursos a alcaldes y concejales, para imponer el autogobierno del poder popular, los cuales serían designados en asambleas, violando con ello el derecho al sufragio universal, directo y secreto establecido en la Constitución y en la ley”, destacó Mario Dum, dirigente del MAS y excontralor de Guaicaipuro.
Asimismo aseguró que dicha instancia no se encuentra establecida en el marco jurídico nacional.
“El régimen se prepara para aprobar en la AN esta Ley y luego, impulsarán la creación de esas nuevas entidades político territoriales que no están previstas en la Constitución y con las cuales pretenden establecer el estado comunal bajo el control político y social del PSUV”, recalcó.
Igualmente exhortó a la población a participar en los próximos comicios electorales, anunciados para 21 de noviembre, para hacer frente a este proyecto del gobierno nacional.
“Nuestro llamado a toda la ciudadanía, es a ejercer el derecho al voto en las elecciones del 21 de noviembre, para acceder a las posiciones de gobierno estadal y municipal, desde donde ejerceremos la lucha institucional y la movilización popular para frenar las pretensiones autoritarias y hegemónicas del régimen comunal”, indicó.
Agregó que “el modelo de estado comunal o poder popular ya ha fracasado en los países comunistas donde se ha implantado: en la Unión Soviética, en la China comunista y en Cuba; en este último, el estado comunal es el soporte de un régimen dictatorial controlado en un puño por el comité central del partido comunista”.
Aseguró que de aprobarse el proyecto de ley “constituiría un fraude constitucional que la sociedad democrática está en el deber de desconocer, según lo establece el artículo 350 de la misma Constitución”./AT