“Antonio Garbi, tiene siete años privado de libertad preventivamente sin un juicio o condena firme”
De acuerdo a la reforma del Código Orgánico Procesal Penal, COPP, publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.644, fechada el pasado 17 de septiembre, unos 67 presos políticos deben quedar en libertad tras haber estado detenidos durante más de tres años de manera preventiva.
El director presidente de la ONG Foro Penal, Alfredo Romero explicó que de acuerdo al texto legal 67 presos políticos deben quedar en libertad de manera inmediata.
En rueda de prensa Romero detalló que de acuerdo al artículo 230 del COPP, el tiempo máximo de detención preventiva es de un año, el anterior a la reforma establecía dos años; los jueces sólo pueden prorrogar un año, «siempre que no exceda la pena mínima prevista para el delito imputado».
La reforma concreta del COPP establece un tope máximo de tres años, siempre que sea justificado por parte del juez, insistió el abogado, detalló Romero.
La regla es que los procesos judiciales sean con las personas en libertad, la excepción es cuando hay una medida coercitiva personal y sin embargo, tiene un tope máximo de tres años, detalló Alfredo Romero.
Romero mencionó a través del portal El Carabobeño el caso de Antonio Garbi, quien tiene siete años privado de libertad preventivamente en la cárcel de Tocuyito, estado Carabobo sin un juicio o condena firme.