Los establecimientos que suministran comida a los trabajadores, entre ellos los restaurantes, no están exoneradas de pagar el tickets alimentación establecido en el Decreto número 20 publicado en la Gaceta Oficial número.40.695 de fecha 12 de agosto de este año.
Así lo aclaró el viceministro del Despacho Laboral José Ramón Rivero, quien agregó que el Decreto es claro y «está enmarcado en una situación de emergencia económica para atender los impactos negativos que la guerra económica ha generado en el ingreso de los trabajadores y trabajadoras…por esto se extendió el beneficio monetario a todos los trabajadores y trabajadoras, incluso aquellos que perciben la comida en el horario de trabajo».
La Ley Orgánica de Trabajo los trabajadores y trabajadoras (Lottt) establece multas por incumplimientos en el pago del salario de entre 120 y 360 Unidades Tributarias (UT), en tanto que en el caso de un pago inferior al establecido en los tickets alimentación van desde 60 hasta 120UT.
Cabe destacar que el Ministerio del Trabajo realiza actualmente la inspección de las empresas para verificar el cumplimiento de obligaciones como el pago de tickets alimentación, salario mínimo, aporte al Fondo Obligatorio de Vivienda (FOV) y al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS). Éste seguimiento se inició hace un par de semanas y a la fecha han sido visitadas 2 mil 550 centros de trabajo donde, según nota de prensa del referido despacho, han sido atendidos 14 mil 300 trabajadores y se verificó que 95% de los centros cumplen con el pago del aumento del salario mínimo, mientras que 94% del total cancelan correctamente el beneficio del Ticket de Alimentación.
Tal como lo declaró la semana pasada a El Universal el vice ministro reiteró que las empresas que incurren en incumplimiento tienen un lapso de 15 días para solventar la situación y «en caso de que se mantengan al margen de lo establecido en el Decreto, se les abrirá un procedimiento sancionatorio y desarrollaremos cualquier acción necesaria para garantizar que se cumpla con lo que establece este Decreto Presidencial», además explicó que entre las sanciones están las multas y la pérdida de la solvencia laboral, entre otros.