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Películas piratas se venden como pan caliente

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Sundde solo puede poner lupa a comerciantes con margen de ganancia superior al 30%

Atrás quedó la época en que toda la familia se reunía los fines de semana para ir al cine y disfrutar de una rica comida, luego de ver su película favorita, pues ir un rato al centro comercial para no perder el estreno de la temporada sale por consumidor en Bs.70, si se trata de uno 3D en un día popular, en otros se debe pagar Bs. 140, mientras que una entrada para una presentación 2D cuesta Bs.120, en promoción Bs. 60.

Es por eso que muchos prefieren verlas en sus casas; sin embargo, el mercado de las películas piratas también se ha visto afectado por la crisis, trayendo como consecuencia el aumento de los precios de sus productos, tanto para Blu-ray como DVD. Títulos que se vendían a Bs. 80 pasaron a 150, y tal vez un poco más según el lugar donde se adquieran.

Ahora muchos se preguntarán si es legal que en el país se vendan este tipo de artículos, pues no, ya que existe la Ley sobre Derecho de Autor, promulgada en 1993, la cual protege las obras literarias, artísticas y científicas. Esta sentencia con pena de cárcel a aquellos que reproduzcan o distribuyan copias ilegales, pero si los afectados no denuncian, no se procede.

“En 2013 más del 90% de las ventas nacionales de la industria musical, literaria, cinematográfica y de software fueron capitalizadas por la piratería, incumpliendo esta Ley”, según datos ofrecidos por José Rafael Fariñas, director de la Sociedad de Autores y Compositores de Venezuela (Sacven).

Sobre los márgenes de ganancia que se establecen a los locales que facturan y venden este tipo de productos en recintos comerciales, la Superintendencia de Precios Justos señaló que pueden efectuar el estudio a la estructura de costos, pero solamente eso. Si los precios en las películas suben para el consumidor, la Sundde solo podrá intervenir si se irrespetan los márgenes de ganancia del 30%, de lo contrario no.

Al respecto, Juliette Hernández señaló que “es legal que vendamos este tipo de cosas porque no hay una ley que lo prohiba. En cuanto a los precios, se dispararon muchísimo, ya que nosotros no quemamos los discos, sino que se los compramos a un proveedor, quien a su vez los obtiene de otros, dependiendo del costo se incrementa el valor final, puesto que pueden ser artículos de primera, segunda o tercera calidad en el mercado”.

“Tenemos clientes que nos compran de hasta tres películas o más. Tenemos un sistema que les permite llevar un disco para Blu-ray a Bs.150, luego puede cambiarlo por otro al cancelar tan solo Bs. 100. En esta Navidad se están llevando muchos títulos para niños, cómicas y de acción”.

¿Cómo interviene la Sundde?

En la Gaceta Extraordinaria N° 6.156, de fecha 19 de noviembre, se dicta el Decreto N° 1.467, mediante el cual se reforma parcialmente la Ley Orgánica de Precios Justos, y establece lo siguiente:

Por alteración fraudulenta: Quienes alteren la calidad de los bienes, o desmejoren la calidad de los servicios regulados y destruyan los bienes necesarios para la producción o distribución, en detrimento de la población, con la finalidad de alterar las condiciones de oferta y demanda en el mercado nacional, serán sancionados por vía judicial con prisión de 5 a 10 años.

Por acaparamiento: Se establecen de 8 a 10 años de cárcel, sanciones con multas entre 1.000 y 50.000 unidades tributarias, así como la ocupación temporal del establecimiento hasta por 180 días.

Por boicot: Se contemplan de 10 a 12 años de cárcel, multas entre 1.000 y 50.000 unidades tributarias y la ocupación temporal del establecimiento hasta por 180 días.

Por reventa de productos de primera necesidad: según el Artículo 57, se sancionará con multas de 200 a 10.000 unidades tributarias y descomiso de los productos.

¿Qué contempla la Ley?

La Ley de Precios Justos establece las siguientes acciones:

  1. Realizar el estudio del análisis, control, regulación y seguimiento de las estructuras de costos.
  1. Determinar los precios justos en cualquiera de los eslabones de las cadenas de producción o importación, distribución y consumo.
  2. Fijar los márgenes máximos de los cánones de arrendamiento de los locales comerciales.
  1. Determinar las ganancias máximas de los sujetos objeto de la aplicación de esta ley.
  2. Efectuar las inspecciones, fiscalizaciones e investigaciones necesarias para el cumplimiento de la Ley.
  3. Tramitar los procedimientos administrativos correspondientes.
  4. Imponer las sanciones contempladas en la Ley./cg

 

 

 

 

 

Por: Erika Rojas/rrdiarioavanceconsumo@gmail.com/Foto: Daniel Linares

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