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Saab asegura que TSJ no dio a la Defensoría liderazgo de la acción penal

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Periodistas de Avance

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 El defensor del pueblo, Tarek William Saab defendió que con la sentencia 469 del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de ninguna manera busca crear conflicto con el Ministerio Público, a cargo de la fiscal general Luisa Ortega Díaz, sino más bien defender el derecho que tiene la Defensoría del Pueblo de asistir a las investigaciones que se hagan para “mediar” por la libertad de las personas que considere lo merece, y sobre todo en los casos en los que se acuse ha habido violación a los derechos humanos.

“Falso de toda falsedad, todo lo contrario. Las acciones del Ministerio Público son liderar la acción penal (…). Nosotros no somos perseguidores de una persona para acusarla y llevarla a prisión, todo lo contrario, la Defensoría del Pueblo actúa muchas veces para mediar por la libertad de muchas personas que consideramos que merecen dicha libertad. En otros casos, en relación a quienes han violado derechos humanos, obviamente debemos investigar esos hechos (…). Debe haber colaboración con la Defensoría del Pueblo para investigar violación a los derechos humanos, no para entrar en un conflicto con el Ministerio Público en relación al liderazgo de la acción penal”, resaltó Saab.

Ejemplificó que los defensores tienen derecho a presenciar autopsias en cualquier morgue, o estar en las investigaciones de planimetría, dactiloscopia, así como solicitar experticias, reconstrucción de hechos, autopsias. Eso “no significa que  lo va a ejercer la Defensoría del Pueblo como tal, pero sí tienen que participar en la investigación”, dijo.

Recordó que en varias oportunidades ha denunciado que se ha limitado la actuación al despacho que dirige, lo que constituye una violación al derecho que tiene la Defensoría del Pueblo de defender a la víctima y familiar que ha sido objeto de una violación de derechos humanos. “Estas actuaciones no pueden ser limitadas por ningún otro órgano del Estado”, recalcó.

Por ello catalogó como “histórica” la decisión de la Sala Constitucional del TSJ que este martes decidió atribuirle a la Defensoría del Pueblo “acceso a todos los actos de investigación que cursen ante el Ministerio Público”, es decir, amplió las facultades de la Defensoría del Pueblo en el ámbito de la acción penal, que correspondía en pleno al Ministerio Público.

Sin embargo, reiteró que con esa sentencia no puede pensarse que la Defensoría del Pueblo “vaya a calificar, a imputar, a perseguir penalmente a un ciudadano. No, esa no es nuestra competencia, esa es competencia del Ministerio Público”.

En su opinión, “todos los activistas de los derechos humanos, los movimientos nacionales de derechos humanos, e incluso a nivel internacional esto sienta  un precedente positivo, esto sienta jurisprudencia a favor de las víctimas de los derechos humanos y lo hace la Sala Constitucional del TSJ de Venezuela, que se convierte en un referente esta sentencia”.

Agregó que tal es su importancia que varias defensorías del Pueblo de otros países les han solicitado que les envíe copia porque considera que es un avance sumamente importante, progresivo en materia de defensa de los derechos humanos”.

Fuente: El Universal

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