La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) reiteró que no podrán otorgarse beneficios procesales, ni fórmulas alternativas de cumplimiento de pena, en el juzgamiento de algunos delitos vinculados con violencia de género y contra niños, niñas y adolescentes.
La magistrada de la Sala Constitucional del máximo tribunal, Tania D´Amelio, afirmó, este miércoles 26 de octubre, que estos hechos se califican como delitos atroces que ocasionan un alto impacto social y constituyen “graves violaciones a los derechos humanos alcanzando un nivel elevado de reproche dentro del mundo jurídico».
La decisión anterior aplica en el juzgamiento de los siguientes delitos: violencia sexual, acto carnal con víctima especialmente vulnerable, prostitución forzada, esclavitud sexual, tráfico ilícito de mujeres, niñas y adolescentes, trata de mujeres, niñas y adolescentes, explotación sexual de niños y adolescentes varones, cometido en forma continuada y abuso sexual niños y adolescentes cometidos de manera continuada, reseño El Pitazo./rp