La medida se extiende a otras casas de estudios
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ordenó la celebración de elecciones de las autoridades de la Universidad Central de Venezuela (UCV) y estableció las pautas para efectuar las elecciones de las autoridades universitarias del resto del país con el período académico vencido.
La sentencia N°0324-2019 de la Sala Constitucional, con ponencia de la magistrada Carmen Zuleta de Merchán, decreta cautelarmente un régimen transitorio, hasta que se resuelva, en sentencia definitiva, la nulidad por inconstitucionalidad del artículo 34.3 de la Ley Orgánica de Educación, a los fines de elegir a las autoridades universitarias de la UCV, así como para la celebración de las elecciones de las autoridades universitarias en el resto de las casas de estudios superiores del país, en un plazo de seis meses.
En tal sentido, el fallo también suspende cautelarmente la aplicación de los artículos 31,32 y 65 de la Ley de Universidades, en cuanto a la forma de elección de las autoridades universitarias, hasta tanto se dicte decisión definitiva en el caso de autos, en razón de lo cual el Consejo Nacional de Universidades establecerá un cronograma para la realización de las elecciones de las autoridades universitarias de cada una de las instituciones de enseñanza superior del país, diferente a la UCV, cuyos períodos se encuentren vencidos, en una serie de términos.