Servicios turísticos de establecimientos de alojamiento turístico y agencias de viajes y de turismo deben remitir mensualmente al Ministerio de Turismo un listado con los turistas extranjeros que hayan atendido.
Los turistas cuando lleguen al país podrán vender sus divisas a la tasa que se genere en las operaciones del Sicad II.Es decir, que podrían cambiar sus divisas a una paridad cercana a 50 bolívares por dólar. Andrés Izarra señaló entonces que la idea es combatir el “mercado negro” y lograr hacer del turismo receptivo un producto que genere ingresos al país. La Gaceta Oficial 40.435 el Ministerio de Turismo emitió una serie de normas que regirán la relación entre hospedajes y agencias de viaje con los turistas extranjeros en el país.