Funcionarios del Instituto Autónomo de Policía del Municipio Carrizal (Policarrizal) participaron en un conversatorio sobre los alcances y disposiciones contempladas en la nueva de la nueva resolución conjunta N° 109, publicada el 7 de septiembre, entre los ministerios de Defensa e Interior, Justicia y Paz, que establece que ciudadanos podrán grabar los procedimientos a los que sean sometidos en puntos de control, alcabalas policiales y militares.
Luis Guevara Risquel, exjuez presidente del circuito judicial del estado Miranda, abordó diversos puntos establecidos en la normativa legal, a los fines de orientar a los efectivos policiales sobre su actuación en los procedimientos de seguridad ciudadana.
Insistió que estas disposiciones estaban contempladas en las leyes “sin embargo, en oportunidades no se estaban respetando, como la obligación de garantizar el secreto y la inviolabilidad de las comunicaciones privadas en todas sus formas, las cuales no pueden ser interferidas, sino por órdenes de un tribunal competente, en cumplimiento con el Código Orgánico Procesal Penal y demás legislación vigente que lo establezca”.
Explicó la importancia de actuar “apegados a las leyes, unificar estrategias y políticas de seguridad ciudadana tendientes a resolver las actuaciones de los derechos de las personas, el ejercicio de las libertades públicas y el cumplimiento de sus deberes, así como rescatar los valores y el respeto hacia los servidores públicos, ya que es lamentable que la presencia de los efectivos policiales genere miedo y rechazo parte de la comunidad hacia los funcionarios policiales”.
Señaló que la resolución conjunta en su exposición de motivo, establece el deber del estado de garantizar la seguridad ciudadana, el cumplimiento de los deberes, goce y ejercicio de los derechos y garantías consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en los instrumentos internacionales de protección de los Derechos Humanos ratificados por la República, así como adoptar las medidas necesarias para hacerlo efectivo, garantizando el derecho a la vida, a la integridad personal y el libre tránsito. /AT