En la Gaceta Oficial N° 42.575, fechada el 23 de febrero pasado, el Gobierno publicó el decreto que extiende por un año las exenciones a ciertas operaciones, entre las que destacan las realizadas en el mercado de valores, del Impuesto a las Grandes Transacciones en Divisas aplicado a las operaciones con moneda extranjera, cuya alícuota es de 3%.
De acuerdo a nota de Banca y Negocios, con el nuevo instrumento quedan exentas de este tributo: “La compra, venta y transferencia de la custodia en títulos valores emitidos o avalados por la República o el Banco Central de Venezuela, así como los débitos o retiros relacionados con la liquidación del capital o intereses de los mismos y los títulos negociados a través de las bolsas de valores y bolsa agrícola, realizados en moneda distinta a la de curso legal en el país o en criptomonedas o criptoactivos diferentes a los emitidos por Venezuela”, detalló El Carabobeño.