Tal como se detalla en la Gaceta Oficial Nº 43.484, publicada el 21 de octubre, el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) aclaró que el uso de las máquinas fiscales no serán un requisito obligatorio para ejercer la actividad comercial, sin embargo, comerciantes que mantengan operativas dichas máquinas no presentarán inconvenientes.
A través de sus redes sociales, el Seniat informó que “la decisión de contar o no con una máquina fiscal es ahora voluntad del comerciante y no un requisito obligatorio ante esta administración. Seguimos avanzando en la ruta de disminuir las barreras para la formalización de todos los sectores, especialmente pequeños, emprendedores y pymes”. Por otra parte, aquellos comerciantes que ya cuenten con las máquinas o tengan previsto incorporarlas, no tendrán problemas debido a que éstas no suponen una condición excluyente para la facturación.