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Nueva Ley Tributaria extiende vigencia de licencias por tres años

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Periodistas de Avance

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Los impuestos no deberán tener carácter confiscatorio

Los contribuyentes ahora contarán con un lapso de tres años, para la renovación de las licencias o autorizaciones para el ejercicio de las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios y de índole similar, de acuerdo a lo establecido en la nueva Ley Orgánica de Coordinación y Armonización de las Potestades Tributarias de los Estados y Municipios.

El texto legal fue sancionado el pasado 18 de julio por la Asamblea Nacional (AN), mientras que Sala Constitucional del TSJ, mediante sentencia N° 0956-2023, declaró la constitucionalidad del carácter orgánica, la cual la coloca por encima de otras normas ordinarias aplicadas en los estados o municipios.

Entre los aspectos más importantes que favorecerán a los contribuyentes está que “los tributos estatales y municipales no pueden tener carácter confiscatorio, ni permitir la múltiple imposición interjurisdiccional”.

Además que la cancelación de los tributos estatales y municipales, así como sus accesorios y sanciones, deben ser pagados en bolívares, por ende, ninguna autoridad estatal o municipal podrá proceder al cobro de tributos, accesorios o sanciones en moneda extranjera.

Espaldarazo a emprendedores

Por otro lado, la ley contempla un articulado que apoya el impulso a los emprendedores y obliga a “los municipios a establecer un régimen tributario simplificado para los emprendimientos, régimen que consistirá en una única cuota impositiva a fijar, según el tipo de actividad económica y el volumen de ventas anuales”.

Así mismo, establece límites en algunas tasas que cobran los municipios por determinada actividad, tal es el caso, referido al otorgamiento por de actividades económicas, permiso por expedición de licores, entre otros.

El instrumento jurídico entrará en vigencia a los 90 días continuos siguientes a su publicación en Gaceta Oficial. Sin embargo, se establece una vigencia anticipada desde su publicación para aquellos artículos referidos al órgano creado por esta ley con el nombre de Consejo Superior de Armonización Tributaria que estará integrado y presidido por el Ministerio de Economía y Finanzas y por la máxima autoridad del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), tres gobernadores y tres alcaldes. / MD/rp 

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