Tendrá una vigencia luego de su publicación en Gaceta Oficial
El decreto de Estado de Excepción anunciado por el presidente de la República, Nicolás Maduro, será remitido a la Asamblea Nacional para que en un plazo de ocho días después de su publicación sea aprobado. Esta disposición está contemplada en el artículo 8 del decreto 2.323, publicado en Gaceta Oficial número 6227, correspondiente al viernes 13 de mayo de 2016.
Sin embargo, en el artículo 9 también se explica que el decreto pasará a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, que en el mismo lapso deberá pronunciarse sobre la medida del Ejecutivo Nacional.
El decreto tendrá una vigencia de sesenta días contados a partir de su publicación en Gaceta Oficial y podrá prorrogarse a 60 días más, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10. El vicepresidente ejecutivo, Aristóbulo Istúriz, y los ministerios serán los encargados de la ejecución de este decreto, según el artículo 11 del decreto.