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Allanan inmunidad parlamentaria de Guaidó

1 TSJ solicita

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Periodistas de Avance

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Le imponen una multa de 200 unidades tributarias

Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) solicitó este lunes a la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) allanar la inmunidad parlamentaria del presidente de la Asamblea Nacional, Juan Guaidó.

El tribunal declaró el desacato de Guaidó a “la sentencia de la Sala Plena de este alto tribunal dictada el 29 de enero de 2019, en consecuencia se impone a dicho ciudadano la multa de 200 unidades tributarias contra la cual podrá reclamar conforme lo dispuesto al artículo 125 de Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia”.

Además reseñó a través del portal efecto cocuyo que se ordenó “remitir copia certificada de la presente decisión al presidente de la Asamblea Nacional Constituyente a los fines del allanamiento de la inmunidad parlamentaria del referido ciudadano Juan Gerardo Antonio Guaidó Márquez, en su condición de diputado a la Asamblea Nacional por el estado Vargas”, informó el presidente del TSJ, Maikel Moreno.

“(…) el Tribunal Supremo de Justicia le acordó unas medidas al ciudadano Juan Guaidó, como la prohibición de salida del país (…) es público, notorio y comunicacional que este ciudadano quebrantó esta medida del TSJ”, explicó.

Por ello, la sala plena del TSJ “administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la ley, se ratifica respecto al ciudadano Juan Gerardo Antonio Guaidó Márquez las siguientes medidas cautelares: prohibición de salida del país sin autorización hasta tanto se culmine la investigación referida, prohibición de enajenar y gravar los bienes de su propiedad y bloqueo e inmovilización de cuentas bancarias o cualquier otro instrumento financiero en el territorio venezolano”.

Funcionarios deben ser castigados penalmente

El diputado de la Asamblea Nacional y constitucionalista, Juan Miguel Matheus, señaló que la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) no puede allanar la inmunidad parlamentaria del presidente (e) de Venezuela, Juan Guaidó, porque “no existe jurídicamente y todos sus actos son nulos e ineficaces”.

El abogado advirtió que los funcionarios que violen la inmunidad del dirigente de Voluntad Popular deben ser castigados penalmente como establece el artículo 200 de la Constitución:

“Los funcionarios públicos o funcionarias públicas que violen la inmunidad de los y las integrantes de la Asamblea Nacional, incurrirán en responsabilidad penal y serán castigados o castigadas de conformidad con la ley”. Resaltó el portal efecto cocuyo.

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