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Capmi: Nuevas normas tributarias estimulan el cierre de empresas

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Periodistas de Avance

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Piden a la Alcaldía declarar la nulidad de dos reglamentos

RONALD PEÑARANDA

“Los  nuevos instrumentos normativos tributarios dictados por la Alcaldía de Guaicaipuro son arbitrarios y además estimulan el cierre de negocios en el municipio por sus pretensiones de cobro de impuestos desproporcionados a los ingresos comerciales y también son de carácter confiscatorios”.

Así se desprende de un comunicado firmado por los miembros la directiva de la Cámara de Artesanía, Pequeña y Mediana Industria de Miranda (Capmi), en el cual cuestionan dos reglamentos relacionados con la Ordenanza sobre Impuestos a las Actividades Económicas emitidos por el porder ejecutivo.

El gremio considera que los citados textos modifican en su forma y  fondo el contenido de su ordenanza reglamentada, “alterando su espíritu, propósito y razón, al insertar nuevos mandatos normativos, impuestos y modificando impuestos existentes, conformando así dos nuevos y diferentes “normativas tributarias”.

En el escrito los empresarios alegan que dichos instrumentos no fueron creados ni sancionados por el órgano legislativo competente, en este tanto el Concejo, “usurpando las competencias exclusivas de la Cámara Municipal, mediante la reforma en asuntos tributarios”.

“No se realizó la debida consulta pública ni se promovió ni se permitió la participación ciudadana en la creación y modificación de esos instrumentos. Además entran en vigencia dicta cuando los afectados se encuentran confinados e indefensos en cuarentena obligatoria derivada del Estado de Alarma Sanitaria, por la propagación de la pandemia causada por el Covid-19”, declaró Bernardo Calvo, presidente de Capmi.

Indicó que ante esta situación piden al ayuntamiento declarar la nulidad absoluta de los actos administrativos plasmados en los mencionados reglamentos.

Además saolicitan a las “autoridades nacionales competentes, en materia de supervisión de las actuaciones de la administración pública municipal, tomar las medidas legales y de salvaguarda pertinentes”.

De igual manera exhortan al Tribunal Supremo de Justicia a investigar el posible desacato de la sentencia Nro. 0078 del corriente año 2020 por parte de la municipalidad que tiene que ver con la suspensión por 90 días del pago de impuestos nacionales. Foto: Jesús Tovar

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