La asignación de dólares para viajes en el exterior fue reducida, según la providencia Nº11 conjunta del Ministerio de Economía y Finanzas, publicada en Gaceta Oficial 40.636 que circula este viernes.
Para Estados Unidos bajó de $2.500 a $700; anteriormente, la cuota asignada era de $ 700 para el estado de Florida.
Para África, Asia, Europa y Oceanía disminuyó de $2000 (De 1 a 7 días de estadía) a $1000, mientras que de $3000 (De 8 días en adelante) a $1125 a $2000.
Para Cánadá, Chile, El Salvador, Guatemala, Honduras y países integrantes de Alba y Mercosur, la asignación en dólares se redujo de $1000 (De 1 a 3 días de estadía) a $700; a $2000 a $1000 (De 4 a 7 días) y de $2500 a $1063 a $1500 (De 8 días en adelante).
Para Aruba, Belice, Bonaire, Colombia, Costa Rica, Cuzarao, Guayana, México y Panamá, Perú y Surinam, se mantienen la asignación de $300 (De 1 a 3 días de estadía) y $500 (De 4 a 7 días), mientras que se redujo el cupo de $700 a $525 (De 8 días en adelante).
La asignación de dólares para las Islas del Caribe bajó de $500 a $300 (De 1 3 días de estadía), de $700 a $500 (de 4 a 7 días de estadía) y de $1000 a $525 y $700 (De 8 días en adelante).
Nuevos requisitos
De acuerdo a la providencia el Cencoex podrá autorizar hasta un monto máximo de 3.000 dólares o su equivalente en divisas por año a cada usuario.
Serán descontados conforme a cada modalidad, bien sea:
– Autorización para realizar pagos en divisas con tarjeta de crédito en el exterior con ocasión de viajes. – Autorización para realizar pagos de consumos de bienes y servicios efectuados con tarjeta de crédito mediante operaciones de comercio electrónico con proveedores en el exterior. – Autorización de divisas para niños, niñas y adolescente.
Según el dictamen, “se excluye de la utilización de los mecanismos contemplados en la Providencia, a los beneficiarios de Autorizaciones de Adquisición de Divisas destinadas a Operaciones de Remesas a Familiares Residenciados en el Exterior; pago a actividades académicas en el exterior o envío a jubilados, pensionados y residentes en el exterior; funcionarios venezolanos en servicio exterior y agregaduría militares, así como, diplomáticos extranjeros acreditados ante Venezuela”.
El texto oficial refiere que el tipo de cambio aplicarse para las operaciones establecidas será el resultante de la última asignación de divisas realizadas a través del Sistema Complementario de Administración de Divisas (Sicad).
Asimismo, el usuario podrá utilizar indistintamente hasta 3 tarjetas de crédito de las cuales sea titular, para realizar los consumos por el monto autorizado por cada solicitud, siempre que dichas tarjetas hayan sido emitidas por el mismo operador cambiario autorizado.
Con información de: Globovisión