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Habitantes de Alto Verde viven en zozobra por “invasiones”

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Periodistas de Avance

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Esperan obtener apoyo de las autoridades competentes

YAIRELIS ARRIECHE

Desde marzo de 2019, vecinos de la urbanización Alto Verde, han estado denunciando presuntas “invasiones” en algunos apartamentos en los que por una u otra circunstancia no se encuentran sus propietarios o adjudicatarios.

Habitantes indican que estas acciones corresponden a un grupo de funcionarios públicos que valiéndose de sus cargos, habrían intentado meter a la fuerza a personas ajenas en aproximadamente 12 viviendas.

Una de las afectadas ante esta situación, indicó que “estamos realmente preocupados, ahora vivimos en zozobra. Nos da temor salir de nuestros apartamentos porque no sabemos si saldremos de viaje o a realizar algunas compras, y cuando lleguemos, habrá algún extraño ahí”.

Sabiendo que un grupo de habitantes del sector acudió a la Defensoría del Pueblo para obtener un apoyo oficial, el equipo del diario Avance contactó con una fuente especializada en estos casos que explicó “la Defensoría como garante de los derechos humanos lo que tratará es de servir como árbitro y conciliar entre el Ministerio de Vivienda y Hábitat, la Gobernación del estado Miranda, Alcaldía de Guaicaipuro y los propietarios que son los implicados”.

“La idea sería que se respete el debido proceso del país, además de buscar la manera de que la comunidad entienda e internalice cuáles son sus deberes y derechos, porque no les pueden seguir vulnerando los derechos a los miembros de la comunidad”, agregó.

Subrayó que “no existe ninguna política, mandato presidencial o jurisprudencia que haya salido de la sala constitucional donde se establezcan las invasiones como permitidas y mucho menos con esas características”.

Manifestó que en esa urbanización en particular, existe un reglamento interno que entregan a las personas cuando les adjudican el espacio, que dicta en una de sus cláusulas “el futuro comprador podrá utilizar la vivienda, única y exclusivamente, para uso familiar, de manera permanente y efectiva cuidando el inmueble con diligencia y esmero de conformidad con lo establecido en el artículo 1.270 del código civil”.

Recalcó que estos convenios son establecidos, generalmente, bajo los lineamientos de la Misión Vivienda, que también dicta “se obliga a no ceder, traspasar, arrendar, vender o sub vender, enajenar o dar custodia al inmueble, incomodando a terceras personas en los cinco años siguientes al pago de la última cuota, después del finiquito”.

Aseveró que “esto no quiere decir que en ese período personas ajenas al inmueble puedan entrar de forma arbitraria, estos tendrían que cumplir un proceso jurídico en el Ministerio de Vivienda, para darle la oportunidad al que tiene adjudicado el inmueble de que defienda la propiedad”.

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