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Inspectores Populares: La voz de los consumidores

FACHADA SUNDDE

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Periodistas de Avance

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La Sundde visita comercios altomirandinos a diarioLa Superintendencia de Precios Justos supervisa, a diario, los diversos comercios de los Altos Mirandinos, acompañados por su equipo de fiscales e inspectores populares, quienes de la mano de los consejos comunales se convierten en la voz de los consumidores de la zona; desde una bodega hasta un establecimiento grande. Por eso, es importante que los usuarios denuncien a los especuladores.

Los inspectores populares no fiscalizan porque no tienen esa atribución, solo acuden como apoyo. También, ayudan a organizar a los consumidores que van a comprar artículos básicos en los supermercados; su objetivo es asistir en el control de la situación junto con la Guardia Nacional y los gerentes de los establecimientos comerciales.

Estos colaboradores no cobran ni están en la potestad de emitir documentación, ni mucho exigirla a un comercio o empresa. Ahora, para que un establecimiento no sea inspeccionado es importante que cumpla con una serie de parámetros; entre ellos, destaca la ubicación correcta de los precios en los pasillos, así como las etiquetas, y productos con su remarcaje.

Y es que, el objetivo del inspector popular es ser los ojos del consumidor en la calle para poder hacer cumplir las leyes. Esto significa que, si en algún establecimiento se forma mucha cola, es probable que este reciba la visita de los inspectores mediante las denuncias que hagan los compradores. Es importante que ustedes notifiquen cualquier irregularidad, y se la hagan saber al consejo comunal de su zona, para que este se las comunique a los inspectores.

Juan Francia, coordinador de las Unidades de Batalla Bolívar- Chávez (UBCh) del Colegio Jesús Adolescente de Carrizal e inspector popular, señaló que “las colas que se hacen en un comercio llaman la atención para inspeccionar: Validar los precios, verificar el margen de ganancia que debe percibir el comercio y el costo del producto”.

Es importante recordar que Miranda dispone de unos 2.080 inspectores populares, 480 en los Altos, y 43 fiscales; dentro de sus funciones, su principal objetivo es llevar acabo la contraloría social dentro de su circulo de lucha, verificar los establecimientos y costos de los artículos. Asimismo, son prioritarios los locales que presentan mayor irregularidad, y las anomalías más frecuentes han sido la ausencia de precios en los productos, así como su alteración.

La Ley de Precios Justos

La Ley de Precios Justos contempla las siguientes acciones:

  1. Realizar el estudio del análisis, control, regulación y seguimiento de las estructuras de costos.
  2. Determinar los precios justos en cualquiera de los eslabones de las cadenas de producción o importación, distribución y consumo.
  3. Fijar los márgenes máximos de los cánones de arrendamiento de los locales comerciales.
  4. Determinar las ganancias máximas de los sujetos objeto de la aplicación de esta Ley.
  5. Efectuar las inspecciones, fiscalizaciones e investigaciones necesarias para el cumplimiento de la Ley.
  6. Tramitar los procedimientos administrativos correspondientes.
  7. Imponer las sanciones contempladas en la Ley.

Funciones de los inspectores y fiscales

Según el portal web de la Superintendencia de Precios Justos (Sundde) se establece que los inspectores podrán:

-Verificar la información recibida de los sujetos de aplicación de la presente Ley, tanto en sus oficinas principales, operativas o administrativas, como en cualquier otra instalación, sede o establecimiento en que dichos sujetos desarrollen sus actividades.

-Practicar inspecciones de oficio o por denuncias, a los inmuebles destinados a la producción, importación, distribución, comercialización, almacenamiento, acopio, recintos aduanales o depósito de bienes propiedad de los sujetos de aplicación, así como en los destinados a la prestación de servicios.

-Requerir el auxilio de la fuerza pública cuando lo considere necesario para la ejecución y trámite de los procedimientos de inspección y cumplimiento de la presente ley.

-Asumir temporalmente las actividades de dirección, supervisión o control de los procesos de producción, distribución y comercialización de bienes o prestación de servicios, según lo contemplado en la presente ley./ecg

Por:  Erika Rojas/rrdiarioavanceconsumo@gmail.com/Foto: Archivo

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