Declaró inadmisible la solicitud de revisión, presentada por Enrique Márquez, Henry Falcón y Jesús Torrealba
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ratificó la sentencia número 031 del 22 de agosto de 2024 -dictada por la Sala Electoral- a través del cual se comprobó la integridad de los resultados anunciados por el Consejo Nacional Electoral (CNE), los cuales arrojaron que el candidato electo para el periodo presidencial 2025-2031 fue Nicolás Maduro Moros, actual presidente de la República, tras el peritaje exhaustivo realizado al proceso electoral del pasado 28 de julio de 2024.
La sentencia de la Sala Constitucional del TSJ, este viernes, declaró inadmisible la solicitud de revisión, presentada por Enrique Márquez, Henry Falcón y Jesús Torrealba, del referido fallo sobre las elecciones del 28 de julio de la Sala Electoral.
Asimismo, confirmó que, a través del peritaje sobre los resultados emitidos por el CNE, quedó expresada la voluntad del pueblo venezolano.
En el texto de la decisión redactada por la Sala Constitucional del TSJ se informó que en el marco del procedimiento del recurso contencioso electoral interpuesto por el ciudadano Nicolás Maduro Moros, la referida sala recabó y examinó todas las pruebas necesarias, conforme a los hechos y al derecho, incluyendo un peritaje de manera exhaustiva, detallada y completa, bajo la normativa contenida en el ordenamiento jurídico, peritaje este que fue “efectuado de manera impecable con las debidas garantías”.