El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) oficializó la eliminación definitiva de la fecha de caducidad del Comprobante de Información Fiscal (RIF), una medida formalizada a través de la Gaceta Oficial N° 43.435.
La disposición suprime el trámite de renovación obligatoria periódica con el objetivo de agilizar los procesos administrativos, mitigar la burocracia y facilitar las gestiones para todos los contribuyentes.
A partir de la entrada en vigencia de esta normativa, el documento mantendrá su validez de forma indefinida para cualquier trámite legal, bancario o comercial ante entes públicos y privados.
En consecuencia, los usuarios ya no tendrán que cumplir con el proceso de actualización que anteriormente se exigía cada tres años. El organismo tributario precisó que el RIF únicamente requerirá un nuevo trámite en los casos puntuales donde el contribuyente registre variaciones en su información fiscal, tales como modificaciones en la dirección o domicilio fiscal, cambio de razón social o actualización de firma personal