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TSJ declara nula norma que penaliza homosexualidad en la FANB

NOTA 04

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Periodistas de Avance

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Ante una solicitud del Defensor del Pueblo, Alfredo Ruiz Angulo, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) anuló la disposición contenida en el único aparte del artículo 565 del Código Orgánico de Justicia Militar, por carecer de suficiente claridad y precisión jurídica en lo que respecta a la conducta que pretendía sancionar.

El artículo no resultaba compatible con la Constitución por ser contraria al postulado fundamental de progresividad en materia de garantía de los derechos humanos”, según destaca la sentencia del máximo tribunal

Según refiere nota de prensa del Tribunal Supremo de Justicia, la referida norma imponía pena de uno a tres 3 años de prisión, al militar que cometiera “actos sexuales contra natural”.

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