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Ortega Díaz podría ser detenida por pedir destitución de magistrados

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Periodistas de Avance

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La fiscal general de la República, Luisa Ortega Díaz, podría estar sujeta a responsabilidad penal, civil y administrativa por buscar maneras de destituir a los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), según una sentencia emitida por el mismo Poder Judicial en julio de 2016.

La sentencia N° 614, emitida el 19 de julio de 2016, fue aplicada para evitar que los diputados a la Asamblea Nacional pudiesen destituir a los magistrados, el documento advirtió a los parlamentarios que podrían enfrentar cargo ante tales pretensiones.

En aquel entonces, esta reproducción de la sentencia se envió a Ortega Díaz para que ella tuviera constancia de la posible comisión de delitos contra los poderes nacionales y la Administración de Justicia, entre otros bienes jurídicos tutelados y otras formas de responsabilidad jurídica.

La fiscal general informó el lunes que había decidido impugnar el nombramiento de los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia y pedir la nulidad de los actos de la Asamblea Nacional donde seleccionaron a dichos magistrados.

Por esto, ahora los miembros del TSJ podrían considerar aplicar la sentencia N° 614 contra la fiscal. Este miércoles la Sala Constitucional indicó que declaraba como inadmisible el recurso de nulidad por inconstitucionalidad ejercido Ortega Díaz, contra la designación de 33 magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, nombrados el 23 de diciembre de 2015 por la Asamblea Nacional.

Resaltaron lo siguiente:

“En la sentencia N° 614  la Sala Constitucional declaró que “CUALQUIER COMISIÓN U OTRO ARTIFICIO O ACCIÓN QUE TENGA EL OBJETO DE ANULAR LA DESIGNACIÓN DE MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS, SUBVIERTE EL PROCEDIMIENTO CONSTITUCIONAL PARA LA REMOCIÓN DE MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA Y, POR LO TANTO, ES ÍRRITO Y NULO DE TODA NULIDAD y carente de validez, existencia y eficacia jurídica; y quienes participen en ellos están sujetos a la responsabilidad penal, civil y administrativa que corresponda”.

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