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“Sentencia del TSJ no plantea bloqueo de portales a contribuyentes”

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Periodistas de Avance

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La Cámara de Artesanos, Pequeños y Medianos Industriales del estado Miranda (Capmi) advirtió que las alcaldías no tienen la potestad de bloquear el portal digital para cumplir con la cancelación de los tributos de los contribuyentes.

Así lo dijo Bernardo Calvo, presidente de Capmi, durante una rueda de prensa donde aclaró que la sentencia emanada de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), el pasado 2 de mayo, no “ratifica legalidad” de impedir el acceso a las personas que necesiten el uso de los servicios tributarios.

“El fallo del TSJ de ninguna manera es vinculante con situaciones relacionadas al bloqueo de portales tributarios, los cuales pueden propiciar la insolvencia en los contribuyentes. La Ley de Armonización Tributaria excluye este tipo de situaciones, tales como, el condicionamiento de pagos y presentación de solvencias para poder llevar adelante gestiones ante la misma administración pública municipal”, recalcó.

Mala interpretación

Al mismo tiempo, dijo que la confusión surgió como consecuencia de la aparentemente “mala interpretación” de la decisión del TSJ, por parte de los medios de comunicación. “Algunos titulares y noticias de prensa y en Redes Sociales (RRSS) resultaron inexactos en relación con la interpretación de la sentencia, la cual planteaba supuesta practica de “bloqueo” o el cierre -selectivo de contribuyentes- para la declaración y pagos de impuestos. Esta medida no está prevista en ninguna norma legal”, finalizó.

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